La ciudad de Yopal obtuvo una victoria judicial sin precedentes: el Consejo de Estado revocó una sentencia que obligaba al municipio a aplicar una tarifa del ICA idéntica a la de Bogotá, reconociendo su derecho a fijar su propio marco tributario frente a entidades financieras.
Por medio de un fallo de tutela del 19 de marzo de 2025 (Radicado 85001-23-33-000-2023-00379-01), la Sección Segunda del Consejo de Estado determinó que la ciudad de Yopal sí puede establecer tarifas diferenciadas del Impuesto de Industria y Comercio (ICA) para las entidades financieras, sin que estas deban replicar automáticamente lo aprobado por el Concejo de Bogotá.
El origen del caso: bancos versus autonomía local
La controversia surgió cuando un conjunto de entidades financieras demandó al municipio de Yopal por fijar una tarifa del 20 x 1.000 para el ICA, argumentando que debía aplicar la tarifa establecida por el Distrito Capital —que tras el Acuerdo 816 de 2021 bajó al 14 x 1.000— en virtud de la Ley 2082 de 2021.
El Tribunal Administrativo de Casanare acogió esa tesis y ordenó al municipio devolver millonarios pagos del ICA, lo que representaba un golpe de casi 10 mil millones de pesos para las arcas públicas.
Lo que dijo el Consejo de Estado
En su análisis, el Consejo de Estado determinó que se vulneró el derecho al debido proceso del municipio, pues la sentencia anterior aplicó erradamente normas de un ente territorial distinto (Bogotá) como si fueran obligatorias para todas las capitales.
“La aplicación directa del Acuerdo 816 de 2021 del Concejo de Bogotá a Yopal no es obligatoria, ya que los municipios capitales no están forzados a adoptar automáticamente tales normas, sino que pueden ejercer una facultad discrecional de armonización fiscal conforme a sus realidades locales”, sostiene el fallo.
El Alto Tribunal recordó que la Ley 2082 de 2021 y el Decreto Ley 1421 de 1993 otorgan a las ciudades capitales un régimen especial para fijar sus tributos. En particular, pueden utilizar como referencia normas del Distrito Capital, pero no están obligadas a adoptarlas literalmente, y mucho menos cuando se trata de decisiones posteriores a sus propios acuerdos municipales.
Además, el Consejo de Estado subrayó que el Acuerdo Municipal 022 de 2021, expedido por el Concejo de Yopal, fue anterior al Acuerdo 816 de Bogotá y se sustentó técnicamente. Por lo tanto, su aplicación era legítima y proporcional, dentro del rango legal permitido.
Un precedente para el país
Este fallo no solo libera a Yopal de devolver multimillonarios recursos, sino que marca jurisprudencia nacional: por primera vez, el Consejo de Estado reconoce que las ciudades capitales pueden ejercer autonomía en el diseño de sus políticas tributarias, especialmente frente a sectores poderosos como la banca.
De hecho, el Consejo señaló que obligar a los municipios a someterse automáticamente a lo que dicte Bogotá es contrario al principio de descentralización, y pone en riesgo su estabilidad fiscal.
“Esta decisión es un espaldarazo a la autonomía territorial y a la defensa del interés público local frente a presiones jurídicas del sector financiero”, señaló Edgar Iván Paerez Carvajal, jefe de la Oficina Jurídica de Yopal.
¿Qué ordena el fallo?
- Revoca la sentencia de segunda instancia proferida por el Tribunal Administrativo de Casanare.
- Ordena a ese tribunal emitir una nueva sentencia de reemplazo, reconociendo la validez de la tarifa fijada por Yopal.
- Ratifica que los municipios capitales pueden adoptar normas de Bogotá según su conveniencia, no por obligación.
Lo que está en juego
Esta decisión puede impactar a más de 30 ciudades capitales, que enfrentan litigios similares por parte de bancos que buscan pagar menos tributos. Ahora, Yopal se convierte en referente de una defensa exitosa del interés público local.
En un país donde las cargas fiscales suelen recaer sobre los más débiles, este fallo devuelve herramientas a las administraciones locales para financiar salud, educación y obras públicas, sin depender de transferencias nacionales ni ceder ante presiones privadas.
Yopal no solo defendió su presupuesto: defendió el derecho de las regiones a decidir su destino fiscal.