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JEP rechaza sometimiento del exalcalde de Aguazul Mauricio Jiménez por no aportar verdad sobre nexos con paramilitares

JEP rechaza solicitud de sometimiento del exalcalde de Aguazul, Mauricio Jiménez Pérez, por no aportar verdad sobre nexos con paramilitares.

El exmandatario fue condenado a 29 años de prisión por desaparición forzada y concierto para delinquir. La Jurisdicción Especial para la Paz concluyó que no ofreció información clara ni relevante sobre su relación con las Autodefensas Campesinas del Casanare.

Bogotá / Aguazul – noviembre de 2025

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó la solicitud de sometimiento presentada por José Mauricio Jiménez Pérez, exalcalde de Aguazul (Casanare), al considerar que no entregó verdad plena ni aportó elementos nuevos que contribuyeran a esclarecer los crímenes cometidos por las Autodefensas Campesinas del Casanare (ACC) durante su administración entre 2001 y 2003.

Jiménez fue condenado en 2011 por el Juzgado Quinto Penal del Circuito Especializado de Bogotá a 29 años de prisión por la desaparición forzada de Luis Ariel Bernal López y Ariel Rojas Moreno, además de concierto para delinquir agravado y una inhabilidad de 13 años para ejercer cargos públicos.

Sin aportes nuevos sobre los vínculos con las ACC

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP señaló que el exalcalde no ofreció información que permitiera entender cómo operó su connivencia con las estructuras paramilitares, ni detalló sus reuniones con Héctor Germán Buitrago Parada, alias “Martín Llanos”, exjefe de las ACC, las cuales ya habían sido acreditadas por la justicia ordinaria.

Según la decisión, su relato fue vago y repetitivo, sin contenido que ayudara a esclarecer los patrones criminales que afectaron a la población civil de Aguazul y de otras zonas del Casanare en el periodo más violento del dominio paramilitar.

“No superó el umbral de verdad”

La JEP concluyó que Jiménez incumplió el régimen de condicionalidad, requisito indispensable para acceder a beneficios judiciales como el sometimiento o eventuales reducciones de pena.
El tribunal indicó que el exmandatario tuvo múltiples oportunidades para aportar información que ampliara lo ya documentado en la jurisdicción ordinaria, pero no lo hizo.

“Su aporte se limitó a argumentos genéricos, sin profundizar en las circunstancias de tiempo, modo y lugar de los hechos, ni identificar a otros autores implicados en los delitos por los que fue condenado”, señala la resolución.

Expediente vuelve a la justicia ordinaria

La Sala de Definición ordenó remitir el expediente de Jiménez Pérez a las autoridades ordinarias competentes, toda vez que existe una orden de captura vigente en su contra, a cargo del Juzgado 17 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá.

Asimismo, el expediente disciplinario relacionado con las desapariciones fue devuelto a la Procuraduría Delegada Disciplinaria para la Defensa de los Derechos Humanos, con sede en Bogotá.

La decisión deja sin efecto la posibilidad de que el exalcalde obtenga tratamientos especiales dentro del sistema de justicia transicional, al no haber contribuido al esclarecimiento de la verdad sobre los nexos entre funcionarios locales y las estructuras armadas ilegales que operaron en Casanare a comienzos de los 2000.

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